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Obligaciones durante el trabajo

Después de una fuga: el reloj de reparación que casi nadie conoce

Reparar la fuga no termina la obligación. Una persona certificada debe volver y verificarla: no antes de 24 horas de funcionamiento y no más tarde de un mes.

Verificado con fuentes oficialesÚltima verificación: 26 de agosto de 202610 min de lectura
RepararSin demora indebida

Artículo 4, apartado 5, para el operador, el fabricante y quien tenga el equipo en transporte o almacenamiento.

Luego verificarEntre 24 horas de funcionamiento y un mes

Por una persona física certificada conforme al artículo 10.

Equipos móvilesPueden controlarse justo tras la reparación

Para los equipos del artículo 5, apartado 3, letras a), b) y c).

La respuesta de seguridadEstá en la ficha de datos de seguridad, no aquí

Secciones 4, 5, 6 y 8, y el teléfono de emergencia de 1.4.

Respuesta rápida

Una fuga crea tres obligaciones encadenadas, y la tercera es la que se pasa por alto.

ObligaciónDónde
1Tomar todas las precauciones necesarias para evitar la liberación no intencionada y todas las medidas técnica y económicamente viables para minimizar las fugas.Artículo 4, apartado 3
2Garantizar que el equipo o la instalación se repara sin demora indebida.Artículo 4, apartado 5
3Hacer que la reparación se verifique por una persona certificada: como muy pronto tras 24 horas de funcionamiento y como muy tarde un mes después de la reparación.Artículo 4, apartado 5

Ese tercer paso es una visita aparte, con su propia ventana, su propio requisito de cualificación y su propia anotación en el registro. Cerrar el trabajo cuando la fuga se detiene es cerrarlo un paso antes de tiempo.

Esta guía no te dice qué hacer con el peligro

Cómo asegurar una sala de máquinas con fuga —evacuación, ventilación, protección personal, primeros auxilios— está en la ficha de datos de seguridad de ese refrigerante y está escrito para ese producto. Secciones 4, 5, 6 y 8, con el teléfono de emergencia en 1.4. Nada de esta página lo sustituye.

Dónde está realmente la respuesta de seguridad

El reglamento de gases fluorados es un instrumento ambiental. No le dice a un técnico cómo responder a una liberación grande en un espacio confinado, y leerlo como si lo hiciera es un error con consecuencias.

El documento que sí lo hace es la ficha de datos de seguridad del refrigerante concreto, en el formato fijo del Reglamento (UE) 2020/878. Cuatro de sus dieciséis secciones llevan la respuesta:

SecciónQué cubre
1.4Teléfono de emergencia
4Primeros auxilios — 4.1 las medidas, 4.2 síntomas incluidos los retardados, 4.3 cuándo hace falta atención médica inmediata o tratamiento especial
5Medidas de lucha contra incendios — medios de extinción, peligros específicos, recomendaciones para bomberos
6Medidas en caso de vertido accidental — 6.1 precauciones personales, equipo de protección y procedimientos de emergencia; 6.2 precauciones ambientales; 6.3 contención y limpieza
8Controles de exposición y protección individual

Como el orden es fijo, se encuentran en segundos, pero solo si la ficha está donde se trabaja. Una ficha en el archivador de la oficina no responde a nada a las dos de la madrugada.

El reloj de reparación, completo

El artículo 4, apartado 5, tiene dos frases, y ambas importan.

Primera: cuando se detecte una fuga de gases fluorados, los operadores y fabricantes de equipos, los operadores de instalaciones donde se usan esos gases y las empresas que posean tales equipos durante su transporte o almacenamiento garantizarán que el equipo o la instalación se repara sin demora indebida.

Segunda: cuando el equipo esté sujeto a controles de fugas conforme al artículo 5, apartado 1, y se haya reparado una fuga, los operadores garantizarán que el equipo sea controlado por una persona física certificada conforme al artículo 10 —como muy pronto una vez transcurridas 24 horas de funcionamiento, pero no más tarde de un mes después de la reparación— para verificar que la reparación ha sido eficaz.

Ambos extremos de la ventana son reales

Demasiado pronto es tan incorrecto como demasiado tarde. Las 24 horas de funcionamiento existen para que el sistema haya funcionado en condiciones normales antes de ser juzgado. Una instalación apagada desde la reparación no ha acumulado ese tiempo, diga lo que diga el calendario.

Los equipos móviles son distintos. Para los equipos móviles del artículo 5, apartado 3, letras a), b) y c) —camiones y remolques frigoríficos, vehículos ligeros frigoríficos, contenedores intermodales y vagones de tren, y climatización y bombas de calor en vehículos pesados, furgonetas, maquinaria móvil no de carretera, trenes, metros, tranvías y aeronaves— el control de fugas puede realizarse directamente después de la reparación.

Sobre quién recae. Fíjate en la amplitud de la primera frase: no solo el operador. También los fabricantes de equipos, los operadores de instalaciones donde se usan los gases y las empresas que poseen el equipo durante el transporte o el almacenamiento.

Qué no puedes hacer mientras lo resuelves

  • Liberar el resto de la carga para reparar más cómodo. El artículo 4, apartado 1, prohíbe la liberación intencionada de gases fluorados a la atmósfera cuando no sea técnicamente necesaria para el uso previsto. Cuando sí lo sea, los operadores deben adoptar todas las medidas técnica y económicamente viables para evitar la liberación en la medida de lo posible, incluida la recaptura de los gases emitidos.
  • Recargar con un gas fuera de la lista de mantenimiento. El artículo 13, apartado 3, prohíbe PCA de 2 500 o más para mantener cualquier equipo de refrigeración; el apartado 4 hace lo mismo desde el 1 de enero de 2026 para climatización y bombas de calor.
  • Devolver la carga recuperada directamente. Artículo 8, apartado 6: los gases recuperados del anexo I y de la sección 1 del anexo II no pueden usarse para cargar o recargar equipos salvo que hayan sido reciclados o regenerados.
  • Descuidar el trasvase. El artículo 4, apartado 4, exige todas las precauciones necesarias para limitar la liberación durante producción, almacenamiento, transporte y trasvase entre recipientes o sistemas.
Una pérdida grande también es una cifra grande

El gas que se escapó formaba parte de la carga. Recalcular la carga en toneladas de CO2 equivalente tras una pérdida significativa y una recarga es lo que mantiene correctos el intervalo del artículo 5, apartado 6, y la cuestión del detector del artículo 6.

Sistemas de detección de fugas y su propio control

El artículo 6 es corto y preciso, y a menudo se cita de forma laxa. Los umbrales exactos:

ApartadoEquipoUmbral
6.1Equipos fijos del artículo 5, apartado 2, letras a) a d)500 toneladas de CO2 equivalente o más de gases del anexo I, o 100 kg o más de la sección 1 del anexo II
6.2Equipos fijos del artículo 5, apartado 2, letras e) y f), instalados desde el 1 de enero de 2017500 toneladas de CO2 equivalente o más de gases del anexo I

En ambos casos lo exigido es un sistema de detección de fugas que alerte al operador o a una empresa de servicio de cualquier fuga. Un sensor del que nadie recibe alerta no responde a la descripción.

Y los propios detectores se controlan:

  • Artículo 6, apartado 3: para los equipos del artículo 5, apartado 2, letras a) a e), sujetos a los apartados 1 o 2, los sistemas de detección se controlan al menos cada 12 meses para garantizar su correcto funcionamiento.
  • Artículo 6, apartado 4: para los equipos del artículo 5, apartado 2, letra f), sujetos al apartado 2, al menos cada 6 años.

Cuando hay sistema de detección, el artículo 5, apartado 6, además duplica el intervalo de control: 24 meses en vez de 12, 12 en vez de 6 y 6 en vez de 3.

Qué entra en el registro

Una fuga genera varias anotaciones separadas en el registro del artículo 7, apartado 1, y son las que una inspección lee primero.

LetraAnotación
7.1.b)Las cantidades de gases añadidas por fugas, incluida la fecha de cada adición.
7.1.c)La cantidad de gases recuperada.
7.1.d)Para el gas añadido: cantidad y tipo, si era reciclado o regenerado, y el nombre, la dirección en la Unión y el número de certificado de la instalación cuando proceda.
7.1.e)La identidad de la empresa que reparó y controló las fugas, su número de certificado cuando proceda y —si es persona jurídica— la persona física que realizó las operaciones.
7.1.f)Las fechas y los resultados de los controles del artículo 5, apartado 1, así como las fechas y los resultados de cualquier reparación de fugas.

La letra f) es la que cierra el círculo. La reparación tiene fecha y resultado, y también la verificación que la sigue. Ambas pertenecen al registro, y el operador lo conserva al menos cinco años, igual que la empresa que hizo el trabajo, en copia.

La secuencia en obra

Asegura con la ficha de datos de seguridad, no con el reglamento

Sección 6.1 para precauciones y evacuación, 4.1 para primeros auxilios, 1.4 para el teléfono de emergencia.

Detén la pérdida y repara sin demora indebida

Artículo 4, apartado 5, primera frase, y la obligación no es solo del operador.

No liberes lo que queda

Artículo 4, apartado 1. Recupéralo si la reparación exige vaciar el sistema.

Recarga solo con un gas permitido por los umbrales del artículo 13

Y no con la carga recuperada salvo que haya sido reciclada o regenerada.

Programa la verificación antes de irte

No antes de 24 horas de funcionamiento, no más tarde de un mes. Los equipos móviles del artículo 5, apartado 3, letras a) a c), pueden controlarse directamente.

Recalcula la carga en toneladas de CO2 equivalente

Tras una pérdida significativa y una recarga, el intervalo del artículo 5, apartado 6, y la cuestión del artículo 6 pueden haberse movido.

Controla el sistema de detección si lo hay

El artículo 6, apartado 3, exige un control de funcionamiento al menos cada 12 meses en la mayoría de equipos; el apartado 4, cada 6 años para los del artículo 5, apartado 2, letra f).

Anótalo todo

Cantidad añadida y fecha, cantidad recuperada, origen del gas, quién hizo el trabajo y las fechas y resultados tanto de la reparación como de la verificación.

Errores frecuentes

  • Cerrar el trabajo cuando cesa la fuga. La verificación del artículo 4, apartado 5, es una obligación aparte con su propia ventana.
  • Hacer la verificación demasiado pronto. Lo más pronto es tras 24 horas de funcionamiento, no 24 horas de reloj.
  • Dejar pasar el mes. El límite es un mes después de la reparación.
  • Enviar a verificar a alguien sin certificado. El artículo 4, apartado 5, exige persona física certificada conforme al artículo 10.
  • Liberar la carga restante para trabajar más cómodo. El artículo 4, apartado 1, lo prohíbe cuando no es técnicamente necesario.
  • Recargar con el gas que salió. El artículo 8, apartado 6, exige reciclado o regeneración antes.
  • Anotar la recarga sin la fecha. El artículo 7, apartado 1, letra b), exige la fecha de cada adición.
  • Anotar la reparación sin su resultado. La letra f) pide fechas y resultados de cualquier reparación.
  • Suponer que un detector elimina el control. Duplica el intervalo del artículo 5, apartado 6; no lo elimina, y el propio detector se controla.

Lista de verificación

  • Ficha de datos de seguridad consultada en obraSecciones 6, 4 y 8; teléfono de emergencia de 1.4.
  • Reparación realizada sin demora indebidaArtículo 4, apartado 5, primera frase.
  • Nada liberado sin necesidadArtículo 4, apartado 1; carga restante recuperada si la reparación exigió vaciar.
  • Gas de recarga permitido por el artículo 13Y no la carga recuperada salvo reciclada o regenerada.
  • Verificación programadaEntre 24 horas de funcionamiento y un mes, por persona certificada.
  • Excepción de equipos móviles bien aplicadaEl artículo 5, apartado 3, letras a), b) y c), permite controlar justo tras la reparación.
  • Carga recalculada en toneladas de CO2 equivalenteIntervalo del artículo 5, apartado 6, y cuestión del artículo 6 revisados.
  • Control de funcionamiento del detector al díaCada 12 meses, o cada 6 años para los equipos del artículo 5, apartado 2, letra f).
  • Registro completoCantidad y fecha añadidas, cantidad recuperada, origen del gas, empresa y persona, fechas y resultados de reparación y verificación.

Preguntas frecuentes

¿Basta con reparar la fuga?

No. Cuando el equipo está sujeto a controles de fugas conforme al artículo 5, apartado 1, el artículo 4, apartado 5, exige al operador garantizar que el equipo sea controlado por una persona certificada para verificar que la reparación ha sido eficaz: como muy pronto tras 24 horas de funcionamiento y como muy tarde un mes después de la reparación.

¿Por qué 24 horas de funcionamiento?

El reglamento fija ese momento como el más temprano. Es tiempo de funcionamiento, no tiempo transcurrido, así que un sistema apagado desde la reparación no lo ha acumulado.

¿Y si el equipo es móvil?

Para los equipos móviles del artículo 5, apartado 3, letras a), b) y c), el artículo 4, apartado 5, establece que el control de fugas puede realizarse directamente después de la reparación.

¿Quién debe hacer la verificación?

Una persona física certificada conforme al artículo 10.

¿Puedo liberar el resto de la carga para reparar?

El artículo 4, apartado 1, prohíbe la liberación intencionada cuando no sea técnicamente necesaria para el uso previsto. Cuando lo sea, deben adoptarse todas las medidas técnica y económicamente viables para evitarla en la medida de lo posible, incluida la recaptura de los gases emitidos.

¿Cuándo es obligatorio un sistema de detección de fugas?

Según el artículo 6, apartado 1, para los equipos fijos del artículo 5, apartado 2, letras a) a d), con 500 toneladas de CO2 equivalente o más de gases del anexo I o 100 kg o más de la sección 1 del anexo II. El apartado 2 añade los equipos de las letras e) y f) instalados desde el 1 de enero de 2017, a partir de 500 toneladas de CO2 equivalente.

¿Con qué frecuencia se controla el propio sistema de detección?

Al menos cada 12 meses para los equipos del artículo 5, apartado 2, letras a) a e), según el artículo 6, apartado 3; al menos cada 6 años para los de la letra f), según el apartado 4.

¿Qué debe entrar en el registro?

La cantidad añadida por la fuga con la fecha, la cantidad recuperada, el origen del gas añadido, la identidad de la empresa y la persona que hizo el trabajo, y las fechas y resultados de los controles y de cualquier reparación de fugas: artículo 7, apartado 1, letras b) a f).

Fuentes oficiales

Los artículos 4, 5, 6, 7, 8 y 10 se leyeron directamente en el texto del Diario Oficial a través de la Oficina de Publicaciones de la UE.

Vigencia de esta guía y límites de responsabilidad

Lee esto

Esta guía expone las obligaciones normativas que siguen a una fuga. No es una guía de emergencia. La respuesta de seguridad para un refrigerante concreto está en la ficha de datos de seguridad de ese producto y en tus propios procedimientos de emergencia, y ambos prevalecen sobre cualquier cosa de aquí.

Esta es información general elaborada por EgoLog a partir del reglamento y del material oficial de la UE. No es asesoramiento jurídico ni de seguridad.

La legislación de seguridad laboral, espacios confinados e incendios se aplica junto al reglamento de gases fluorados y no se cubre aquí. Confírmala con tu autoridad nacional competente.

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