Respuesta rápida
«Drop-in» y «reconversión» son palabras del oficio. Ninguna figura como término definido en el Reglamento (UE) 2024/573, y discutir cuál de las dos es un trabajo no responde a ninguna pregunta jurídica.
Lo que el reglamento hace es fijar tres condiciones y asociarles un conjunto de consecuencias. Cumple las condiciones y las piezas que necesitas siguen disponibles. Cumple las consecuencias y el expediente queda bien cerrado.
| Las tres condiciones — artículo 11, apartado 1 |
|---|
| La reparación o el mantenimiento no debe aumentar la capacidad del producto o equipo. |
| No debe aumentar la cantidad de gas fluorado que contiene el producto o equipo. |
| No debe cambiar el tipo de gas de forma que eleve el PCA del gas utilizado. |
Esas condiciones gobiernan exactamente una cosa: si las piezas de productos y equipos del anexo IV pueden seguir comercializándose para el trabajo. Si se cumplen, las piezas están disponibles. Si se rompe una, la excepción deja de cubrir lo que haces.
La condición del PCA va en un solo sentido. Pasar a un PCA más bajo es plenamente compatible con ella; pasar a uno más alto, no.
Qué activa un cambio de gas
En cuanto cambia el gas de una máquina entran en juego cuatro disposiciones distintas. Ninguna depende de cómo se llame el trabajo.
| Disposición | Qué exige |
|---|---|
| Artículo 12, apartado 3, último párrafo | Cuando los productos o equipos se hayan reconvertido y se hayan cambiado los gases fluorados, deben reetiquetarse con información actualizada. |
| Artículo 5, apartado 6 | El intervalo de control se rige por la carga en toneladas de CO2 equivalente: kilogramos × PCA ÷ 1 000. Un PCA nuevo da una cifra nueva y quizá un intervalo nuevo. |
| Artículo 6, apartado 1 | Un sistema de detección de fugas es obligatorio para los equipos del artículo 5, apartado 2, letras a) a d), a partir de 500 toneladas de CO2 equivalente de gases del anexo I, o 100 kg de la sección 1 del anexo II. |
| Artículo 7, apartado 1 | El registro debe llevar la nueva cantidad y tipo, las cantidades añadidas con fechas, la cantidad recuperada, el origen del gas añadido y la identidad de la empresa y la persona que ejecutó el trabajo. |
Bajar el PCA reduce las toneladas de CO2 equivalente y puede alargar el intervalo o eliminar la exigencia de detector. Subir la carga con el mismo gas hace lo contrario. Recalcula en vez de suponer y anota la nueva cifra.
Qué pasa con el gas que sale
La carga que retiras no es un subproducto del trabajo: arrastra sus propias obligaciones.
- Debe recuperarse. El artículo 8, apartado 1, exige a los operadores de equipos con gases fluorados garantizar que las sustancias se recuperan, y que la recuperación la efectúan personas físicas titulares de los certificados pertinentes del artículo 10.
- No puede liberarse. El artículo 4, apartado 1, prohíbe la liberación intencionada a la atmósfera cuando no sea técnicamente necesaria para el uso previsto.
- No puede pasar directamente a otra máquina. Artículo 8, apartado 6: los gases recuperados del anexo I y de la sección 1 del anexo II no se utilizarán para cargar o recargar equipos salvo que hayan sido reciclados o regenerados.
- La cantidad va al registro. Artículo 7, apartado 1, letra c).
Si la máquina que conviertes lleva un gas por encima de los umbrales del artículo 13, este es también el momento en que la carga antigua deja de ser un activo. El R-404A recuperado de una instalación no puede pasar a la siguiente ni venderse como gas reciclado: el artículo 13 limita el gas reciclado por encima del umbral a la empresa que lo recuperó o a aquella para la que lo recuperó.
Elegir lo que entra
El reglamento limita el objetivo de dos maneras, y ambas deben comprobarse antes de pedir las piezas.
Las prohibiciones de mantenimiento. El artículo 13, apartado 3, prohíbe desde el 1 de enero de 2025 los gases con PCA de 2 500 o más para mantener o revisar cualquier equipo de refrigeración. El apartado 4 hace lo mismo desde el 1 de enero de 2026 para climatización y bombas de calor. El apartado 5 baja la línea a 750 desde el 1 de enero de 2032 para refrigeración fija distinta de enfriadoras.
La condición de PCA del artículo 11, apartado 1. El sustituto no debe elevar el PCA del gas utilizado. En la práctica una conversión baja de todos modos, pero un cambio equivalente entre dos mezclas parecidas conviene comprobarlo y no suponerlo.
Si el compresor, el aceite, el dispositivo de expansión, las presiones nominales y la capacidad encajan realmente con el nuevo refrigerante es una cuestión de ingeniería. La documentación del fabricante la responde. Una conversión lícita pero técnicamente errónea sigue siendo un trabajo fallido.
Si el objetivo es un hidrocarburo, CO2 o amoníaco, la certificación también cambia: el Reglamento de Ejecución (UE) 2024/2215 sitúa los hidrocarburos en los certificados A1 y A2, el CO2 en el B y el amoníaco en el C.
Hacerlo en el orden correcto
Pesa y anota la carga existente antes de empezar
La cifra antigua es con la que se comparará la nueva de toneladas de CO2 equivalente, y el registro necesita ambas.
Confirma que el objetivo supera la línea aplicable del artículo 13
2 500 hoy para refrigeración y, desde el 1 de enero de 2026, para climatización y bombas de calor; 750 desde 2032 para refrigeración fija distinta de enfriadoras.
Contrasta el trabajo con las tres condiciones del artículo 11, apartado 1
Sin aumento de capacidad, de carga ni de PCA; de lo contrario la excepción de piezas no lo cubre.
Consigue la posición del fabricante por escrito
Características de componentes, compatibilidad del aceite y capacidad no son cuestiones normativas, y la respuesta pertenece al expediente del trabajo.
Recupera la carga antigua con el certificado adecuado
Artículo 8, apartado 1, por una persona certificada, y anota la cantidad conforme al artículo 7, apartado 1, letra c).
Recalcula las toneladas de CO2 equivalente
Nuevos kilogramos × nuevo PCA ÷ 1 000, y después relee el artículo 5, apartado 6, para el intervalo y el artículo 6, apartado 1, para el detector.
Reetiqueta antes de irte
El artículo 12, apartado 3, exige información actualizada tras una reconversión que cambia el gas. Dejarlo para la próxima visita significa que la máquina queda mal etiquetada mientras tanto.
Cierra el registro
Nueva cantidad y tipo, cantidades añadidas con fechas, origen del gas, empresa y persona, y el nuevo intervalo de control.
Errores frecuentes
- Discutir sobre la etiqueta «drop-in». El reglamento comprueba capacidad, carga y PCA, no el vocabulario.
- Rellenar carga durante la conversión. Un aumento de la cantidad de gas saca el trabajo de la excepción del artículo 11, apartado 1.
- Pasar a un gas de PCA más alto. La tercera condición va expresamente en un solo sentido.
- Dejar la etiqueta antigua. El artículo 12, apartado 3, exige reetiquetar con información actualizada.
- Mantener el intervalo de control antiguo. El intervalo sigue a las toneladas de CO2 equivalente, que cambiaron con el PCA.
- No revisar la cuestión del detector. El artículo 6, apartado 1, lo hace obligatorio a partir de 500 t CO2e.
- Devolver el gas recuperado al circuito. El artículo 8, apartado 6, exige reciclado o regeneración antes.
- Anotar solo el gas nuevo. El artículo 7, apartado 1, pide también la cantidad recuperada.
- Tratar la aprobación del fabricante como opcional porque la norma no la menciona. El reglamento rige la legalidad, no si la máquina funcionará.
Lista de verificación
- Carga existente pesada y anotadaKilogramos y toneladas de CO2 equivalente antes del cambio.
- El gas objetivo supera el umbral aplicable del artículo 132 500 ahora; 750 desde 2032 para refrigeración fija distinta de enfriadoras.
- Sin aumento de capacidadPrimera condición del artículo 11, apartado 1.
- Sin aumento de la cantidad de gasSegunda condición.
- Sin aumento de PCATercera condición.
- Posición del fabricante archivadaComponentes, aceite, presiones, capacidad.
- Carga antigua recuperada por persona certificadaArtículo 8, apartado 1; cantidad anotada conforme al artículo 7, apartado 1, letra c).
- Nuevas toneladas de CO2 equivalente calculadasNuevo intervalo del artículo 5, apartado 6; cuestión del detector del artículo 6, apartado 1, revisada.
- Equipo reetiquetadoArtículo 12, apartado 3, antes de salir de obra.
- Registro completadoCantidad y tipo, fechas, origen del gas, empresa y persona.
Preguntas frecuentes
¿Define el reglamento el término «drop-in»?
No. Ni «drop-in» ni una definición general de «reconversión» aparecen como términos definidos. El artículo 12, apartado 3, usa una vez la palabra «reconvertidos» para activar el reetiquetado cuando se han cambiado los gases fluorados.
¿Puedo seguir consiguiendo piezas para equipos del anexo IV?
Sí, cuando sean necesarias para reparar o mantener equipos existentes, siempre que el trabajo no aumente la capacidad, la cantidad de gas fluorado ni cambie a un gas de mayor PCA. Es la excepción del artículo 11, apartado 1.
¿Puedo añadir un poco más de gas ya que estoy?
No sin salir de la excepción. La segunda condición del artículo 11, apartado 1, es que el trabajo no aumente la cantidad de gas fluorado contenida en el producto o equipo.
¿Debo reetiquetar tras una conversión?
Sí, si se han cambiado los gases fluorados. El último párrafo del artículo 12, apartado 3, exige reetiquetar con información actualizada.
¿Cambia el intervalo de control?
Puede. El artículo 5, apartado 6, fija el intervalo por carga en toneladas de CO2 equivalente, es decir kilogramos × PCA ÷ 1 000. Un PCA distinto da una cifra distinta y quizá otra banda.
¿Y el sistema de detección de fugas?
El artículo 6, apartado 1, lo hace obligatorio para los equipos del artículo 5, apartado 2, letras a) a d), con 500 toneladas de CO2 equivalente o más de gases del anexo I, o 100 kg o más de la sección 1 del anexo II. Una conversión puede cruzar esa línea en cualquier sentido.
¿Puedo reutilizar el gas recuperado?
No tal cual. El artículo 8, apartado 6, prohíbe usar gases recuperados del anexo I y de la sección 1 del anexo II para cargar o recargar equipos salvo que hayan sido reciclados o regenerados.
¿Dice el reglamento si la conversión funcionará técnicamente?
No. Rige lo que está permitido. Características de componentes, compatibilidad del aceite, presiones y capacidad los responde la documentación del fabricante del equipo.
Fuentes oficiales
Los artículos 4, 5, 6, 7, 8, 10, 11, 12 y 13 se leyeron directamente en el texto del Diario Oficial a través de la Oficina de Publicaciones de la UE.
Vigencia de esta guía y límites de responsabilidad
Esta guía cubre el lado normativo de un cambio de gas. Si una conversión concreta es técnicamente sólida —componentes, aceite, presiones, capacidad y la evaluación de seguridad de la instalación— lo responde la documentación del fabricante, que prevalece sobre cualquier cosa de aquí.
Esta es información general elaborada por EgoLog a partir del reglamento y del material oficial de la Comisión. No es asesoramiento jurídico ni una evaluación de ingeniería.
La aprobación del fabricante y las condiciones de garantía son asuntos contractuales entre tú, el cliente y el fabricante. El reglamento no los trata.
