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Obligaciones durante el trabajo

Categorías de certificados de gases fluorados: qué permite cada una

Las categorías I a IV han desaparecido. A1, A2, B, C, D y E las han sustituido, y los refrigerantes naturales han entrado en el sistema.

Verificado con fuentes oficialesÚltima verificación: 26 de agosto de 202611 min de lectura
Letras nuevasA1, A2, B, C, D, E

El Reglamento (UE) 2024/2215 derogó el Reglamento de Ejecución (UE) 2015/2067.

Certificados antiguosSiguen válidos en sus condiciones originales

Pero los titulares deben actualizar conocimientos al nuevo nivel correspondiente.

Reciclaje formativoAl menos cada 7 años

Titulares de certificados del reglamento antiguo: la primera vez, antes del 12 de marzo de 2029.

Ahora incluidosCO2, amoníaco e hidrocarburos

Los refrigerantes naturales están dentro del sistema de certificación, no fuera.

Respuesta rápida

Las conocidas categorías I, II, III y IV venían del Reglamento de Ejecución (UE) 2015/2067. Ese acto ha sido derogado. La certificación se rige ahora por el Reglamento de Ejecución (UE) 2024/2215, adoptado el 6 de septiembre de 2024 con arreglo al artículo 10, apartado 8, del Reglamento (UE) 2024/573.

Ahora hay seis tipos de certificado para personas físicas —A1, A2, B, C, D y E— más un certificado propio para personas jurídicas. Más allá de los nombres, cambiaron dos cosas:

  • Los refrigerantes naturales entraron en el sistema. La instalación y el mantenimiento con amoníaco, CO2 o hidrocarburos quedan ahora cubiertos por la exigencia de certificación.
  • La lista de equipos creció. Los ciclos orgánicos de Rankine, los vehículos ligeros frigoríficos, los contenedores intermodales y los vagones de tren están ahora dentro.
Tu certificado actual no dejó de funcionar

El artículo 10, apartado 9, del Reglamento (UE) 2024/573 mantiene válidos los certificados expedidos conforme al Reglamento (UE) n.º 517/2014 en las condiciones en que se expidieron. Lo que cambió es que se les añadió una obligación de reciclaje.

Qué cubre el reglamento de certificación

Dos listas fijan el límite: qué equipos y qué actividades.

Equipos (artículo 1): refrigeración fija; climatización fija y bombas de calor; ciclos orgánicos de Rankine fijos; unidades de refrigeración de camiones y remolques frigoríficos; unidades de refrigeración de vehículos ligeros frigoríficos, contenedores intermodales y vagones de tren.

Actividades de personas físicas (artículo 2, apartado 1):

  • controles de fugas de esos equipos que contengan gases del anexo I y de la sección 1 del anexo II del Reglamento (UE) 2024/573;
  • instalación de esos equipos con dichos gases o con las alternativas amoníaco (NH3), dióxido de carbono (CO2) o hidrocarburos;
  • reparación, mantenimiento o revisión y desmantelamiento de esos equipos, con dichos gases o las mismas alternativas;
  • recuperación de gases fluorados de los circuitos de refrigeración de instalaciones fijas de refrigeración, climatización y bombas de calor, y de las unidades de camiones y remolques frigoríficos.

Personas jurídicas (artículo 2, apartado 2): empresas que realizan instalación, reparación, mantenimiento, revisión o desmantelamiento para terceros en esos equipos, con dichos gases o las alternativas.

El apartado 3 excluye la actividad de fabricación realizada en las instalaciones del fabricante del equipo.

Los seis tipos de certificado

El artículo 3, apartado 2, los enumera. Los Estados miembros pueden expedirlos por separado o combinar varios en uno, siempre que se identifiquen las actividades cubiertas.

TipoQué puede hacer el titularLímite
A1Todas las actividades del artículo 2, apartado 1, para gases fluorados e hidrocarburos.Sin límite de carga
A2Todas las actividades del artículo 2, apartado 1, para gases fluorados e hidrocarburos.Carga inferior a 3 kg, o inferior a 6 kg en sistemas herméticamente sellados etiquetados como tales
BTodas las actividades del artículo 2, apartado 1, para dióxido de carbono (CO2).—
CTodas las actividades del artículo 2, apartado 1, para amoníaco (NH3).—
DSolo recuperación — la actividad del artículo 2, apartado 1, letra d).Equipos con menos de 3 kg de gases fluorados, o menos de 6 kg en sistemas herméticos etiquetados
ESolo controles de fugas — la actividad del artículo 2, apartado 1, letra a).Siempre que el control no implique abrir el circuito frigorífico
El E se detiene en el circuito

El certificado E cubre controles de fugas que no requieren abrir el circuito frigorífico que contiene los gases enumerados. En cuanto el trabajo exige abrirlo, el E no es el certificado adecuado.

El certificado de empresa

El certificado personal cubre al técnico. No cubre a la empresa. Según el artículo 5, las personas jurídicas del ámbito del artículo 2, apartado 2, deben tener certificado propio.

El artículo 6 fija dos condiciones para expedirlo:

  • la empresa emplea a personas físicas certificadas conforme al artículo 3 para las actividades que requieren certificación, en número suficiente para cubrir el volumen previsto; y
  • puede acreditar que las herramientas y procedimientos necesarios están a disposición de esas personas.

El certificado debe indicar el nombre del organismo de certificación, el nombre completo del titular, un número de certificado y la fecha de caducidad si la hay; las actividades que puede realizar y, cuando proceda, el límite de carga en kilogramos; más la fecha de expedición y la firma.

Subcontratar es un paso que se comprueba

El artículo 10, apartado 12, del Reglamento (UE) 2024/573 dice que una empresa solo puede asignar una actividad certificada a otra tras verificar que esta posee los certificados necesarios. Pasar el trabajo sin comprobarlo es en sí una infracción.

Cómo se convierten las categorías antiguas

El artículo 10 del Reglamento de Ejecución (UE) 2024/2215 establece la correspondencia. Los titulares pueden seguir usando sus certificados solo si actualizan sus conocimientos y competencias al nivel del nuevo tipo correspondiente.

Certificado antiguo (2015/2067)Nuevo nivel que alcanzar
Categoría ICertificado A1
Categoría IICertificado A2
Categoría IIICertificado D
Categoría IVCertificado E

La actualización se produce mediante la formación de actualización o el proceso de evaluación exigidos por el artículo 10, apartado 9, del Reglamento (UE) 2024/573. Los Estados miembros deben garantizar que esos cursos acrediten realmente las competencias prácticas y los conocimientos teóricos del anexo I del reglamento de ejecución.

El reloj del reciclaje

Este es el plazo que la mayoría de los técnicos aún no ha puesto en el calendario.

ReglaDetalle
Intervalo recurrenteAntes del 12 de marzo de 2027, los Estados miembros deben exigir a las personas físicas certificadas formación de actualización o un proceso de evaluación al menos cada 7 años.
Primera vez para titulares existentesQuienes posean certificado o atestado de formación conforme al Reglamento (UE) n.º 517/2014 deben hacerlo a más tardar el 12 de marzo de 2029.
Programas nacionalesLos Estados miembros debían establecer o adaptar los programas de certificación en el plazo de un año desde la entrada en vigor del acto de ejecución, publicado el 9 de septiembre de 2024 y en vigor veinte días después.
Planifícalo como empresa, no por persona

Si tus técnicos se certificaron en la misma promoción, sus fechas de reciclaje se agruparán. Escalonarlas es una decisión de planificación, no legal, pero tener a toda la plantilla fuera el mismo mes es un problema comercial.

Quién no necesita certificado

Los apartados 3 y 4 del artículo 3 del reglamento de ejecución recogen tres situaciones.

  • Soldadura fuerte, blanda o soldeo. Quien posea la cualificación exigida por la legislación nacional para ese trabajo puede realizarlo dentro de una actividad cubierta, siempre que esté supervisado por un titular de certificado plenamente responsable de la correcta ejecución.
  • Recuperación pequeña de RAEE. Recuperación de aparatos incluidos en la Directiva 2012/19/UE con carga inferior a 3 kg y menos de 5 toneladas de CO2 equivalente, en instalaciones con permiso conforme al artículo 9, apartados 1 y 2, de esa directiva, por un empleado del titular del permiso que haya completado un curso equivalente a las competencias del certificado D, verificado por un atestado de competencia expedido por el titular del permiso.
  • Alumnos en formación. Quien esté matriculado en un curso para el certificado pertinente puede realizar la actividad bajo la supervisión de un titular de certificado plenamente responsable, por periodos que no superen 24 meses en total.
La supervisión es una responsabilidad con nombre

Tanto en el soldeo como con los alumnos, el reglamento coloca la responsabilidad plena en el titular de certificado que supervisa. Es una persona, no un departamento.

El atestado de formación no es un certificado

Junto a la certificación, el Reglamento (UE) 2024/573 tiene una cualificación más ligera: el atestado de formación. El artículo 10, apartado 1, párrafo segundo, lo exige —no un certificado— para:

  • mantenimiento, revisión o reparación de la climatización de vehículos de motor incluidos en la Directiva 2006/40/CE, y la recuperación de esos equipos;
  • la recuperación de gases de los equipos del artículo 8, apartado 3, letras b) y c), y del artículo 8, apartado 10, párrafo segundo;
  • mantenimiento, revisión, reparación y control de fugas de los equipos del artículo 5, apartado 3, letra c) —climatización y bombas de calor en vehículos pesados, furgonetas, maquinaria móvil no de carretera usada en agricultura, minería y construcción, trenes, metros, tranvías y aeronaves—.

El artículo 8, apartado 5, da a los operadores de los equipos móviles del artículo 8, apartado 3, letras b) y c), hasta el 12 de marzo de 2027 antes de que les aplique la obligación de recuperación.

No presentes uno como el otro

El atestado cualifica para las actividades anteriores. No autoriza trabajos en refrigeración fija, y una compra de gas a granel conforme al artículo 11, apartado 6, debe corresponder a la cualificación que la actividad realmente exige.

Cómo se obtiene un certificado

Localiza el organismo de certificación

Cada Estado miembro designa o fija en su legislación el organismo autorizado a expedir certificados. Debe ser independiente e imparcial.

Presenta el examen

Un organismo de evaluación organiza un examen teórico y otro práctico que cubren las competencias y conocimientos mínimos del anexo I para ese tipo de certificado.

Cuenta con las dos partes

El anexo I marca cada punto con T para pregunta teórica o P para tarea práctica. La parte práctica implica realizar la tarea con el material, las herramientas y los equipos pertinentes.

Ten claro qué grupos son obligatorios

Los grupos 1, 2, 3, 4, 5, 10 y 11 se cubren en todos los certificados. A1 y A2 añaden el grupo 12 (hidrocarburos), B añade el 13 (R744 / CO2), C añade el 14 (R717 / NH3).

Prepara el componente no anunciado

El examen cubre al menos uno de los grupos 6, 7, 8 y 9 —compresores, condensadores, evaporadores y dispositivos de expansión—. El candidato no sabe de antemano cuál.

Pregunta por exenciones por cualificaciones previas

Los Estados miembros pueden permitir a los organismos eximir del examen a quienes tengan cualificaciones equivalentes, o exigir solo un examen complementario si son parcialmente equivalentes.

Comprueba lo que dice el certificado

Debe indicar el tipo de certificado, las actividades que el titular puede realizar y el tipo de equipo, además del número de certificado.

Trabajar en otro Estado miembro

El artículo 9 del reglamento de ejecución regula el reconocimiento. El reconocimiento mutuo se aplica a los certificados expedidos conforme al artículo 4 para personas físicas y al artículo 6 para personas jurídicas, para las actividades especificadas en ellos.

Los Estados miembros no pueden imponer al titular de un certificado de otro Estado miembro ninguna evaluación u otro procedimiento de valoración, ni requisitos administrativos desproporcionados, ni para reconocerlo ni para permitir el acceso al empleo en las actividades indicadas. Sí pueden exigir una traducción a otra lengua oficial de la Unión.

El artículo 10, apartado 13, del Reglamento (UE) 2024/573 añade un caso especial: cuando organizar certificación y formación supondría una carga desproporcionada para un Estado miembro por su reducida población, el cumplimiento puede lograrse reconociendo certificados expedidos en otros.

Errores frecuentes

  • Seguir diciendo «categoría I». El acto que creó esas categorías está derogado. Ahora son A1, A2, B, C, D y E.
  • Suponer que los refrigerantes naturales quedan fuera. La instalación y el mantenimiento con NH3, CO2 o hidrocarburos están expresamente en el artículo 2, apartado 1.
  • Apoyarse en un certificado personal para el trabajo de la empresa. Quien trabaja para terceros necesita certificado propio conforme a los artículos 5 y 6.
  • Tratar un atestado de formación como certificado. Cubren actividades distintas y no son intercambiables.
  • Perder el plazo de reciclaje. Los titulares existentes tienen hasta el 12 de marzo de 2029, y después al menos cada siete años.
  • Usar el certificado E en trabajos que abren el circuito. El E solo cubre controles que no implican abrirlo.
  • Subcontratar sin comprobar. El artículo 10, apartado 12, exige verificar que la otra empresa posee los certificados necesarios.

Lista de verificación

  • Tipo de certificado de cada técnico registradoA1, A2, B, C, D o E, y qué permite realmente cada uno.
  • Límites de carga entendidosA2 y D se limitan a menos de 3 kg, o menos de 6 kg en sistemas herméticos etiquetados.
  • Certificado de empresa vigenteNecesario para el trabajo realizado para terceros.
  • Personal certificado suficiente para la carga de trabajoEl artículo 6, apartado 1, letra a), pide un número suficiente para el volumen previsto.
  • Herramientas y procedimientos acreditablesEl artículo 6, apartado 1, letra b), es una condición, no un trámite.
  • Fechas de reciclaje en el calendarioLa primera antes del 12 de marzo de 2029 para titulares del reglamento antiguo, después al menos cada siete años.
  • Trabajos con refrigerantes naturales asignados a B o CCO2 al certificado B, amoníaco al certificado C.
  • Certificados de subcontratistas verificadosAntes de asignar cualquier actividad que requiera certificación.
  • Supervisión de alumnos documentadaTitular de certificado responsable identificado y límite de 24 meses controlado.

Preguntas frecuentes

¿Sigue siendo válido mi certificado de categoría I?

Sí. El artículo 10, apartado 9, del Reglamento (UE) 2024/573 mantiene válidos los certificados expedidos conforme al Reglamento (UE) n.º 517/2014 en sus condiciones originales. El artículo 10 del Reglamento de Ejecución (UE) 2024/2215 añade que solo puedes seguir usándolo si actualizas conocimientos y competencias al nivel del certificado A1, mediante la formación de actualización o el proceso de evaluación.

¿Cuál es la diferencia entre A1 y A2?

El ámbito de actividades y gases es el mismo: todas las actividades del artículo 2, apartado 1, para gases fluorados e hidrocarburos. A2 se limita a equipos con carga inferior a 3 kilogramos, o inferior a 6 kilogramos en sistemas herméticamente sellados etiquetados como tales.

¿Necesito certificado para trabajar con CO2 o amoníaco?

Sí, para las actividades del artículo 2, apartado 1. El certificado B cubre el dióxido de carbono y el C el amoníaco. Los hidrocarburos están cubiertos dentro de los certificados A1 y A2.

¿Mi empresa necesita certificado propio?

Si realiza instalación, reparación, mantenimiento, revisión o desmantelamiento de los equipos cubiertos para terceros, sí: artículos 5 y 6 del Reglamento de Ejecución (UE) 2024/2215.

¿Cuándo debo hacer la formación de actualización?

Los Estados miembros deben exigirla al menos cada 7 años. Si posees un certificado o atestado expedido conforme al Reglamento (UE) n.º 517/2014, la primera actualización debe completarse a más tardar el 12 de marzo de 2029.

¿Puede un aprendiz trabajar en instalaciones?

Sí, con límites. El artículo 3, apartado 4, permite a quien esté matriculado en un curso para el certificado pertinente realizar la actividad bajo supervisión de un titular plenamente responsable, por periodos que no superen 24 meses en total.

¿Basta un atestado de formación para refrigeración fija?

No. La vía del atestado del artículo 10, apartado 1, párrafo segundo, del Reglamento (UE) 2024/573 cubre la climatización de vehículos de motor, la recuperación de ciertos equipos móviles y los trabajos en los equipos del artículo 5, apartado 3, letra c). La refrigeración fija exige certificado.

¿Vale mi certificado en otro Estado miembro?

Sí, para las actividades que especifica. El artículo 9 del Reglamento de Ejecución (UE) 2024/2215 prohíbe evaluaciones adicionales o requisitos administrativos desproporcionados, aunque puede pedirse una traducción a otra lengua oficial de la Unión.

Fuentes oficiales

El artículo 10 del reglamento de gases fluorados y la totalidad del reglamento de ejecución sobre certificación se leyeron directamente en el texto del Diario Oficial a través de la Oficina de Publicaciones de la UE.

Vigencia de esta guía y límites de responsabilidad

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Los programas de certificación y formación se gestionan a nivel nacional, y el formato del examen, las tasas y la lista de proveedores difieren entre Estados miembros. Esta guía describe los requisitos mínimos de la UE; tu organismo nacional de certificación es la autoridad sobre su aplicación.

Esta es información general elaborada por EgoLog a partir de los reglamentos y del material oficial de la Comisión. No es asesoramiento jurídico ni certifica a nadie.

Qué tipo de certificado exige tu trabajo depende del equipo, del refrigerante y de la actividad. Cuando no esté claro, pregunta a tu organismo nacional de certificación antes de aceptar el encargo.

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  • Refrigerantes naturales
  • Certificado B
  • Certificado C
  • Hidrocarburos
  • 2024/2215
  • Excepción de seguridad
Actualizado 26 de agosto de 202611 min de lectura
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